Ley aplicable a la validez formal y material de la declaración de renuncia a la herencia en el Reglamento europeo 650/2012 sobre sucesiones

  1. Magallón Elósegui, Nerea
Revista:
Cuadernos de derecho transnacional

ISSN: 1989-4570

Año de publicación: 2023

Volumen: 15

Número: 1

Páginas: 991-997

Tipo: Artículo

DOI: 10.20318/CDT.2023.7579 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2 de junio de 2022, en el asunto C-617/20, gira en torno a la validez de la declaración relativa a la renuncia a la herencia realizada ante el Tribunal de residencia del declarante. La cuestión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 13 y 28 del Reglamento de sucesiones; y el debate se centra en si, para considerar válida la comunicación al Tribunal del procedimiento sucesorio de la declaración de renuncia realizada en el Estado miembro de la residencia del declarante, de conformidad con los requisitos de la ley de ese lugar, es necesario cumplir con los requisitos formales establecidos en la ley de la sucesión a tenor del Considerando 32 del Reglamento.

Referencias bibliográficas

  • A. BONOMI, P. WAUTELET, El Derecho europeo de sucesiones. Comentario al Reglamento (UE) 650, de 4 de julio de 2012, Thomson-Reuters, Aranzadi, Cizur Menos, 2015, p. 375.
  • A. BONOMI, P. WAUTELET, Le droit européen des successions, 2.ed. Bruylant, Bruselas, 2016.
  • Conclusiones del Abogado General Sr. Maciej Szpunar, de 20 de enero de 2022, As. C-617/20, TN, N.N, contra E.G.
  • N. MAGALLÓN ELÓSEGUI, “El Reglamento europeo de sucesiones y la ley aplicable a las disposiciones testamentarias: la legítima y la preterición”, AEDIPr., t. XIX-XX, pp. 363-389.