Víctima y justicia transicional en los modelos español y colombiano

  1. Reyes Reyes, Magda Stella
Dirigida por:
  1. Miguel Polaino-Orts Director/a
  2. Myriam Herrera Moreno Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Sevilla

Fecha de defensa: 07 de septiembre de 2017

Tribunal:
  1. Miguel Polaino Navarrete Presidente/a
  2. José Manuel Camacho Delgado Secretario/a
  3. Gema Varona Martínez Vocal
  4. José Manuel Palma Herrera Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 488851 DIALNET lock_openIdus editor

Resumen

Esta tesis doctoral abarca dos conceptos a tener en cuenta, la Justicia Transicional y las Víctimas; para ello, se hizo necesario entender la Justicia Transicional, como aquel escenario de justicia, proporcionada de manera imperfecta para tiempos imperfectos, que enfoca sus esfuerzos en los sacrificios para obtener la paz o la democracia, legitimando un poco de justicia y un proceso que maneja aristas disimiles y completas en beneficio de los más vulnerables. La víctima considerada como la persona que ha sufrido directa o indirectamente un daño y que busca con estas políticas la satisfacción de sus derechos materializados a través de la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, a fin que las atrocidades no vuelvan a cometerse y los responsables rindan cuentas de sus actos ante los estrados judiciales bajo distintas modalidades. En igual sentido, observamos con claridad los principios que enmarcan la transición, considerados como aquellos que guían el derrotero a seguir en cada uno de los Estados que acepten la inmersión de estas políticas a fin de lograr la paz, el bienestar social, la convivencia y la consolidación de la democracia. La estructura, aplicación y consecuencias de estos principios entendidos desde la exigencia de los derechos de las víctimas en el marco de la Justicia Transicional, enfrentaran unos dilemas y desafíos a gran escala que contribuirían con su superación en la reconstrucción de la vida y la mitigación del sufrimiento de aquellos que en mayor medida soportaron los rigores de la violencia. El estudio de los modelos de aplicación de la Justicia Transicional en el ámbito contemporáneo, dependió de las situaciones guerra, conflicto armado, discriminación o dictadura de los Estados; los cuales convergen siempre en el núcleo común de enfrentar las violaciones masivas de Derechos Humanos a fin de alcanzar la paz o una verdadera democracia. Estos imperativos jurídicos internacionales mostraron una tendencia hacia la exigencia del castigo de los responsables de crímenes atroces, restringiendo las realidades políticas a través de la necesidad de negociación con las partes actoras, a fin de culminar de manera exitosa la consolidación de la paz más allá del conflicto y el conocimiento de la verdad de los hechos cometidos en el pasado que conllevaría a una posterior solicitud de reparación en el marco general de la atrocidad vivida por parte de las víctimas. En la mayor parte de los países en que se ha implementado la Justicia Transicional, se analizó el conflicto existente en la sociedad, bajo un adecuado diseño, que nos sirvió para establecer en cada uno de ellos, la falta de cierre de ciclos, siendo hasta la fecha evidente por varias razones: la primera, porque se sigue juzgando a los victimarios por delitos cometidos en el pasado, gracias a la actividad de las víctimas, y en segunda, la medida de las garantías de reparación se cumplen de manera pormenorizada a pesar de la antigüedad del comportamiento que se busca sancionar, siendo esto transcendente, al retomar la historia, dejando a un lado los cataclismos políticos que la rodean, por lo tanto, se hace indispensable una terminación del conflicto procurando justicia pero al mismo tiempo generando la paz y la reconciliación visibles en el debate cotidiano. La columna vertebral de la tesis doctoral, es la víctima como protagonista principal, que entra en la escena de los hechos por la invisibilidad en esta clase de escenarios; se analizó de manera detallada su concepto, clasificación y expresión, concretadas en la venganza, perdón o silencio frente a los hechos atroces vividos, así como en contextos de desapariciones, desplazamientos forzados y el secuestro. Los victimarios lograron un enfoque de acuerdo a la acción realizada y a las múltiples formas de violencia, fueron clasificados en los grupos armados ilegales, militares, agentes del poder y responsables políticos que centraron sus acciones en la comisión de comportamientos atentatorios de los Derechos Humanos en amplios sectores sociales. Se hizo importante observar el arrepentimiento y las técnicas de neutralización como mecanismos de reconocimiento de la dignidad de la víctima o justificación del mal cometido en el campo de la defensa y exculpación. Así mismo, fue importante ahondar en los agentes indirectos como aquellas personas u organizaciones que no se ven afectadas por la situación de violencia, pero que sienten un ímpetu de colaboración en los objetivos y principios que circunscriben la transición. Para ello, es importante traer a colación los movimientos de víctimas, organizaciones internacionales como el Centro Internacional de Justicia Transicional y Amnistía Internacional, entidades que con sus iniciativas contribuyeron con la solución pacífica del conflicto social, la concesión de acuerdos humanitarios que disminuyen paulatinamente el impacto del suceso y las exigencias de los derechos de los vulnerables. Bajo el mismo derrotero, se analizó la Justicia Restaurativa como complemento de la Justicia Transicional, a pesar de sus incompatibilidades, se pudo establecer, que la primera de las enunciadas dentro de su categoría, busca un acercamiento entre víctimas y victimarios apoyados por la comunidad, para ello, la Justicia Transicional comprendió el desarrollo de su contenido y aplicó algunos referentes dentro de estos catálogos con el fin de lograr la superación de la violencia acaecida en una determinada sociedad. Para lograr esta conclusión se hizo necesario conceptualizar y materializar Justicia Restaurativa desde su perspectiva comparada y utilizar algunas de sus herramientas como base en la implementación de la Justicia de transición. Una vez desarrollados los anteriores contenidos, se realizó el análisis de la Justicia Transicional en Colombia y su correspondiente evolución, para ello, se tuvo en cuenta el progreso en la narrativa del conflicto armado y el análisis de la historia, las causas, su problemática, la identificación de sus autores y la invisibilidad que tenían las víctimas antes de la inmersión del proceso actual. Esta narrativa nos permitió establecer la disímil naturaleza del problema, los distintos intentos de terminar la guerra y el ensayo en la aplicación de los mecanismos transicionales que le daban una solución permeable sin respuestas claras que lograran el objetivo de paz. Si bien, es cierto, durante este periodo, Colombia no tuvo una verdadera transición sino épocas transicionales, su dicotomía ha generado una exhaustiva participación de las víctimas, con estrategias políticas y sociales que han buscado la protección de los intereses estatales. En la actualidad, los diálogos de paz, manejan elementos importantes, en la ética del conflicto, la solución negociada, reconocimiento de las víctimas directas afectadas por las atrocidades realizadas por los victimarios, los distintos niveles de victimización y los efectos indirectos generados por la guerra degradada por décadas. Todas estas alternativas, hicieron acortar el dolor y el sufrimiento asociado a la violencia, que en el futuro ayudarán a consolidar una legitimación de la democracia, una variada discusión política y una gran visibilidad de las víctimas en la exigencia de sus derechos. Equiparando lo anterior, se realizó una análisis exhaustivo de los pormenores de la Justicia Transicional en España desde dos perspectivas; en primer lugar, en la transición de la dictadura a la democracia, y en segundo lugar, desde un Estado de acciones terroristas continuas a paz, para ello, se observó los antecedentes históricos que marcaron cada iniciativa para desarrollar los distintos referentes transicionales; de manera conjunta se planteó un panorama invisible y anacrónico para la comunidad internacional permitiendo pasar la página de la historia sin conocer a ciencia cierto lo sucedido hasta la fecha. Este primer esquema de transición baso sus esfuerzos en el olvido absoluto, teniendo en cuenta la coyuntura social en que se desarrolló a fin de evitar la existencia de una nueva guerra civil. En el Estado español, existen muchas deudas con las víctimas en la forma en que se abordó el pasado siendo insuficiente el reconocimiento de los derechos que hace que los más afectados carguen con el peso y la exigencia en el reconocimiento de sus garantías. Finalmente, se instruyó, tres contextos importantes en la materialización de las políticas que emergen la transición, de manera inicial, se observó una voz de la víctima categorizada por los testimonios que ilustraban la existencia de los contenidos transicionales en España y Colombia. Segundo lugar las ausencias transicionales que prevalecieron en España, siendo conocidas a partir del informe presentado por el relator de las Naciones Unidas frente a la materialización de la Ley de Memoria Histórica y el caso omiso evidente del gobierno español a estas políticas. Con relación a la situación del contexto colombiano, se manejaron los distintos testimonios de las víctimas del conflicto, dimensionando de primera mano las herramientas que se usaron al margen de la aplicación de los contenidos transicionales, siendo importante la descripción de las circunstancias que rodearon los hechos y la ausencia notable del Estado. En tercera medida se realizó un paralelo de los modelos de Justicia Transicional en España y Colombia relacionado con los enfoques contrapuestos de las alternativas de conocimiento de verdad a través de la Memoria Histórica y el reconocimiento de las víctimas en entornos disimiles con herramientas que contribuyen al paso de la dictadura a la democracia y del conflicto armado a la paz. Lo anterior, nos ayudó a culminar con la construcción de un modelo ideal de aplicación de la Justicia Transicional, a pesar de las distintas naturalezas del conflicto existente en cada uno de los países, que nos servirá de hoja de ruta para la transición en la que muchas veces influyen su materialización y las políticas públicas posteriores que serían la secuencia de un éxito de las medidas impuestas.