Incidencia de los informes sectoriales autonómicos en el planeamiento IIprevisiones de la legislación urbanística y sectorial
- Nuño Mardones-Fernández de Valderrama 1
- José Luque-Valdivia 1
- Izaskun Aseguinolaza-Braga 2
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Universidad de Navarra
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2
Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea
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Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea
Lejona, España
ISSN: 1133-4762
Año de publicación: 2019
Título del ejemplar: La Agenda Urbana Española
Número: 202
Páginas: 799-822
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Ciudad y territorio: Estudios territoriales
Resumen
Se completa con este artículo el estudio sobre la incidencia de los informes sectoriales en la elaboración en España del planeamiento general. En el número anterior de esta revista se estudió el modo en que la legislación urbanística de cada Comunidad Autónoma regula la solicitud por parte de los Ayuntamientos a la administración sectorial de los informes de los Planes Generales, los mecanismos que establecen para la coordinación del conjunto de informes, y su integración con los exigidos en la evaluación ambiental estratégica. En esta segunda parte se presenta un estudio comparativo de los informes que, tanto a través de la legislación urbanística como de la sectorial, se prevén en cada Comunidad, del momento en que se solicitan y del carácter determinante, vinculante o meramente preceptivo de los distintos informes. El análisis del modo en que este aspecto, y su incidencia en la elaboración y tramitación del planeamiento es regulado en cada Comunidad, permite identificar un abanico de medidas que tratan de resolver los inconvenientes que puede presentar la visión sectorial de los distintos informes, al tiempo que buscan facilitar su integración en el plan sin dejar de ser coherentes con los cometidos del planeamiento.
Información de financiación
La indeterminación acerca de los informes que se deben solicitar puede suponer una dificultad para conseguir una adecuada elaboración del Plan; es verdad que en algunos casos (Andalucía, Canarias, Extremadura, Navarra y Comunidad Va-lenciana) los informes se solicitan a través de un órgano integrado en el departamento competente en urbanismo; lo que garantiza que, durante la tra-mitación del Plan, se solicitarán todos los informes que son necesarios. No obstante, el inconveniente subsiste; lo más útil sería que, desde el comien-zo de su elaboración, se supiese qué informes sectoriales se deben solicitar; de ese modo sería fácil identificar las afecciones que ha de atender el Plan.Financiadores
Referencias bibliográficas
- Aseguinolaza, I., Luque, J., Mardones, N., Incidencia de los informes sectoriales autonómicos en el planeamiento. I. Previsiones de la legislación urbanística y ambiental (2019) Ciudad Y Territorio Estudios Territoriales, 201, pp. 603-622
- Mardones, N., Luque, J., Aseguinolaza, I., Incidencia de los informes sectoriales estatales en el planeamiento (2019) Ciudad Y Territorio Estudios Territoriales, (200), pp. 375-392