Por fin un poco de luz en el farragoso debate competencial en el marco de los nuevos tratados de comercio e inversión de la Unión EuropeaDictamen 2/15 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

  1. Iñigo Iruretagoiena Agirrezabalaga
Revista:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Año de publicación: 2017

Número: 50

Tipo: Artículo

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Resumen

El dictamen 2/15 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelve sobre el reparto competencial entre la Unión y sus estados miembros para la celebración del proyectado Acuerdo de libre comercio entre la UE y Singapur. Sin embargo, la relevancia de esta decisión transciende más allá del propio acuerdo, al ser la primera vez que el Tribunal se pronuncia sobre la delimitación de competencias para la conclusión de los tratados de libre comercio «de nueva generación» impulsados por la Unión tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, como son, por ejemplo, el CETA o, el actualmente embarrancado, TTIP; el dictamen, de este modo, constituye un elemento clave para el desarrollo de la nueva política comercial y de inversiones de la Unión. El Tribunal de Justicia ha dictaminado que el Acuerdo UE-Singapur debe ser concluido como un acuerdo mixto , en la medida en que incluye compromisos sobre protección de inversiones extranjeras distintas a las directas , un mecanismo de arreglo de diferencias inversor-estado, y disposiciones institucionales relativas a materias de competencia compartida . Requerirá, por tanto, para su entrada en vigor el consentimiento de la Unión y de todos sus estados miembros