El financiamiento del terrorismo

  1. Hübbe Contreras, Tadeo Eduardo
Zuzendaria:
  1. Eduardo Ángel Fabián Caparrós Zuzendaria
  2. Giorgio Darío María Cerina Zuzendarikidea

Defentsa unibertsitatea: Universidad de Salamanca

Fecha de defensa: 2020(e)ko apirila-(a)k 15

Epaimahaia:
  1. Nicolás Rodríguez García Presidentea
  2. Demelsa Benito Sánchez Idazkaria
  3. Carmen Salinero Alonso Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 631953 DIALNET lock_openTESEO editor

Laburpena

La historia de la humanidad es compleja. Y a lo largo de esa historia, se ha evidenciado que la violencia ha sido instrumento fundamental en la transformación de las sociedades. Entre las diferentes formas de violencia que se han experimentado, existe una que se presenta en torno a un fenómeno confuso y difícil de delinear, de definir, que no se puede dimensionar por el alcance de sus acciones; es llamado “terrorismo”, es un fenómeno que ha sido tema central de las agendas gubernamentales de muchos países del orbe, al menos durante las últimas cuatro décadas. Las sociedades democráticas han evolucionado a pasos acelerados. En este sentido, la globalización económica, la creación de zonas de libre comercio, de libre circulación de personas y de dinero, la apertura de fronteras, así como el desarrollo de nuevas tecnologías (comunicación, armas e Internet, por ejemplo) y del avance científico, entre otros factores, han jugado un papel preponderante en esta evolución social. De la misma manera que el progreso de las sociedades, las organizaciones criminales se han visto favorecidas por dichas tecnologías, que finalmente dificultan cada vez más la prevención y en su momento, la correcta penalización o represión de las organizaciones criminales -entre las que existen las de naturaleza terrorista-, pues no se cuenta con un ineficaz e ineficiente sistema de justicia. Sin embargo, estos factores no son determinantes para alcanzar el éxito buscado por estos grupos delincuenciales, sino un mero instrumento para lograrlo. De ahí que es menester entrar al estudio del contexto histórico, social, económico, político y cultural que envuelve este fenómeno criminal en concreto. Por lo anterior, uno de los primeros y determinantes pasos para avanzar en la solución del problema, es profundizar en el concepto mismo del terrorismo (muchas veces polémico entre diversos autores estudiosos en el tema), como entender los objetivos que persiguen (¿poder, desestabilización política, insurgencia?); para a través de ello valorar y entender las causas reales que traen como consecuencia estas nuevas conductas delictivas. El terrorismo contemporáneo surge a partir de una nueva configuración de modelos ideológicos, religiosos, políticos, culturales y económicos, distintos a los clásicos que predominaban durante la Guerra Fría; además, nace de la actual política exterior (principalmente económica) que ejercen en el mundo los Estados Unidos (EE.UU.) y sus aliados. Es decir, hablamos de un surgimiento que es provocado a partir del descontento en algunas naciones de Europa, Medio Oriente, Latinoamérica y Asía, que se genera a raíz del sometimiento a esas estrategias políticas, económicas y militares de las potencias dominantes; y, aunado a lo anterior, de las ideologías radicales, tanto religiosas como morales. Las diferencias entre países considerados desarrollados y no desarrollados, la violación a los derechos humanos, la crisis y desigualdades económicas que afectan a muchos países, generan condiciones que favorecen el impulso del crimen organizado y, por ende, a la actividad terrorista, lo que se convierte en el punto de partida para manifestaciones concretas de la existencia de estas organizaciones, como lo es el financiamiento del terrorismo y su internacionalización, como base para la comisión de delitos tales como homicidio, lesiones, daños, extorsión, secuestro, tráfico ilegal de armas y personas, narcotráfico, etcétera, en cualquier lugar del planeta. A partir de los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001 (11-S) en contra de las Torres Gemelas del World Trade Center (WTC) en Nueva York –EE.UU.-, se han producido transformaciones de gran relevancia en cuanto al tema: la configuración de una nueva criminalidad, cuyos delitos ya no son cometidos de manera individual, sino ahora ejecutados de una forma organizada; es decir, en crimen organizado estructurado de tal manera que lo haría una empresa comercial en busca de propósitos determinados. Junto con los avances tecnológicos y los riesgos creados como secuela de dichos avances , nace entonces una nueva forma de terrorismo como fenómeno relativamente reciente. Tal como lo menciona BLANCO , “el 11S marca un antes y un después en la articulación de la lucha contra el terrorismo”, a decir, “este fenómeno delictivo constituye uno de los problemas de más candente actualidad a nivel mundial”. Así, se ha reactivado la actuación coordinada de la comunidad internacional contra el crimen organizado y el terrorismo, y contra su financiación para atacarlo desde sus orígenes. La complejidad que merece este fenómeno criminal implica, desde su propia definición, desde las ópticas nacionales y supranacionales, un efectivo cumplimiento de la ley en esta materia para combatir eficazmente el terrorismo, desde la cooperación internacional y la asistencia mutua entre las diversas autoridades nacionales, sea cual sea su origen y finalidad, comenzando por anular sus fuentes de financiación. Ninguna organización terrorista, a pesar de que sus miembros no dependen económicamente de algo o alguien, puede existir sin recursos económicos propios o ajenos. Por tal razón, de los primeros esfuerzos internacionales para combatir el financiamiento del terrorismo fueron el Convenio sobre la supresión del financiamiento del terrorismo de 1999 y la Resolución del Consejo de Seguridad de la Naciones Unidas 1373 (2001). De ahí se lograron concretar otros esfuerzos internacionales que derivaron a la emisión de las 40 recomendaciones sobre Lavado de Dinero (2003), las 9 especiales recomendaciones sobre financiamiento del terrorismo (2004) y la posteriores ya unificadas (2012) de la GAFI, sin mencionar sus actualizaciones (2017). Es ahí, poco antes de los atentados a las Torres Gemelas de NY, que la comunidad internacional, dejaron de preocuparse por los atentados en sí, y comenzaron a cuestionarse: ¿de dónde se obtienen los recursos económicos para consumar un atentado terrorista? Por lo que la lucha ahora comienza por otro frente. Las organizaciones terroristas necesitan una serie de recursos para desarrollarse y mantener sus actividades. De la misma manera, se llegó a la conclusión de que, además de las instancias administrativas, policiales y judiciales para prevenir y combatir el financiamiento del terrorismo, a través de los distintos instrumentos nacionales e internacionales, la lucha contra este fenómeno implica una nueva intervención: la penal. De tales consideraciones inicia la presente investigación. En principio, esta pretende explicar la compleja y difícil definición de lo que se puede entender como “terrorismo”, a través del análisis de su transformación histórica. El terrorismo, como se conoce, ha mutado conforme al devenir de los tiempos. El aspecto histórico del terrorismo surge como una pieza esencial para digerir este fenómeno a partir de sus primeros vestigios, que datan del año 67 a.C., en la antigua Palestina; pasando por el siglo XVIII, en Francia, donde el término “terrorismo” adquiere un significado más acorde con su propia nomenclatura; hasta la actualidad, en el que el fin de la Guerra Fría le da un giro considerable a un fenómeno de distintas acepciones y percepciones, que deriva en una caracterización muy concreta, a partir de los acontecimientos pasados que aterrizan en una hipótesis más evidente o plausible reflejado en tres supuestos: un comportamiento violento, intolerante y fanático; con la intensión de infundir en la sociedad un miedo intenso, extremo: terror; para finalmente, alcanzar un fin político, traducido en la materialización de una idea o modelo social . Lo anterior se expresa en los primeros capítulos. Pero, específicamente en el segundo, se contextualiza el entorno actual en el que se desarrolla el crimen organizado en su aproximación con el terrorismo, en un mundo globalizado, principalmente desde el punto de vista económico. Las características, fuentes, conceptos que lo envuelven y diferencia entre los elementos configurativos entre crimen organizado, motivado por fines económicos o de lucro y el mismo en torno al terrorismo con fines políticos, los cuales se presentan como fenómenos tan diferentes como comunes; es decir, las caras de una misma moneda. En este sentido se establecen los rasgos distintivos de cada fenómeno delictivo. Por ello y para tratar la alta complejidad de ambos fenómenos, los esfuerzos internacionales se agudizan para erradicar al crimen organizado y el terrorismo, a través de distintos instrumentos internacionales, principalmente en el marco de las Naciones Unidas y del espacio europeo. El tercer capítulo aborda la propia fenomenología del financiamiento del terrorismo, desde su concepto y nociones hasta sus elementos más fundamentales. Se advierte que esta figura ilícita se produce bajo un esquema de fases sucesivas de recolección y provisión de bienes, que podrán ser tanto de origen lícito (negocios legítimos) como ilícito (actividades delictivas), que tendrán como destino a la organización terrorista, a través de las distintas vías, como por ejemplo el sistema financiero o el “hawala”, sin dejar de mencionar la tradicional entrega de dinero en maletines. Todo esto en el contexto mismo del crimen organizado y el terrorismo, vinculado a una economía globalizada, donde el dinero es el motor que mueve a estas organizaciones, sea para invertir, sea para financiar. El financiamiento del terrorismo se traslada, ahora, desde un orden financiero estatal a uno privado, en el que ya no es necesario la intervención de algún país financiador, sino que se transforma en autofinanciable, a raíz del modelo económico predominante: el capitalismo y sus reglas de mercado, que no opusieron obstáculos que dificultarán el movimiento de capitales y mercancías. Por otra parte, el cuarto capítulo aborda temas relevantes a los organismos, medios e instrumentos, nacionales y supranacionales, tanto judiciales y administrativos, como policiales, para prevenir y combatir el financiamiento del terrorismo, conforme a dos principios fundamentales como límite de ius puniendi: el primero, derivado que el Derecho penal ha de ser la ultima ratio en el conjunto del orden jurídico; y, el segundo, conforme al carácter fragmentario del Derecho penal, que se traduce en la no sanción penal de todas las conductas lesivas de bienes jurídicos, sino sólo las modalidades especialmente peligrosas para ellos. No obstante, la segunda parte del presente trabajo de investigación aborda, en su quinto y sexto capítulo, tanto desde la perspectiva comparada como de la propia legislación española, una vez agotadas las instancias no penales, el tema sobre la intervención del Derecho penal ante el fenómeno del financiamiento del terrorismo y su configuración como delito y sus delimitaciones con sus distintas manifestaciones. Es decir, todo el conjunto de principios y teorías desarrolladas en relación a la dogmática jurídica, la política criminal, la criminología y sobre el bien jurídico protegido, que a final de cuentas legitiman la tipificación del delito de “Financiamiento del Terrorismo”. Analizados los puntos anteriores, se configuran los elementos normativos del tipo en estudio, que parten desde el análisis fenomenológico criminal del denominado “terrorismo”, su transformación y manifestaciones a lo largo del tiempo, delimitado con otras figuras delictivas, que finalmente bajo el esquema de un modelo económico capitalista deriva en el combate, desde la trinchera del Derecho penal, de su financiamiento. Es así como se sustenta la tesis en la que se pretende mostrar la importancia de combatir el financiamiento al terrorismo, como la acción más efectiva para erradicar ese problema, así como cuáles son los problemas y obstáculos que se enfrentan tanto a nivel nacional como internacional, para que dicho combate sea más eficiente y tenga mejores resultados. La intensión no es ofrecer un documento concluyente sobre los temas que se abordan, pero sí ofrecer nuevos elementos que contribuyan en la compresión del tema y, sobre todo, un aporte para que las acciones contra el terrorismo sean más efectivas.