Una propuesta para la continuidad de las empresas viables en el concurso de acreedores

  1. ALEJOS GARMENDIA, BEATRIZ
Dirigida por:
  1. Inmaculada Herbosa Martínez Directora

Universidad de defensa: Universidad de Deusto

Fecha de defensa: 18 de diciembre de 2014

Tribunal:
  1. Ana Belén Campuzano Laguillo Presidente/a
  2. Ricardo de Ángel Yágüez Secretario/a
  3. Antonio B. Perdices Huetos Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

La investigación tiene como objeto principal aportar una perspectiva diferente de las que tradicionalmente se utilizan cuando se debate acerca de qué modificaciones legislativas proporcionarían mejores resultados en la aplicación de la Ley Concursal. Para ello acota un número reducido de problemas, dentro de la amplia variedad que se le imputan, que guardan una relación directa con los pobres resultados que la normativa española alcanza y que, a juicio de la investigadora, no han recibido una atención suficiente por parte de los expertos en la materia. El trabajo comienza con un breve recorrido sobre los principio y recomendaciones que, de acuerdo con organismos internacionales, los sistemas concursales deben respetar. Adicionalmente, se recogen las opiniones de la doctrina y, en su caso, de los tribunales, relacionadas con los problemas previamente acotados como marco de trabajo, que la Ley Concursal no tiene resueltos. Posteriormente, y teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, se elabora una propuesta de modificación legislativa desde una nueva dimensión que se apoya en los pilares siguientes: nueva definición del objeto de la Ley Concursal, ampliación del presupuesto objetivo de la Ley, determinación del concepto de insolvencia inminente, adjudicación de un papel preponderante al plan de viabilidad, atribución de unas funciones esenciales al administrador concursal en materia de determinación de la razonabilidad del plan de viabilidad que la deudora aporta. Puesto que no es posible experimentar con la modificación legislativa que se propone para poder observar los resultados que alcanzaría se han utilizado dos formas alternativas de validación: -Cotejo del contenido de las modificaciones con los principios y recomendaciones emitidos por los organismos internacionales. -Consulta y opinión de un panel de expertos en materia concursal. En concreto de jueces, académicos y administradores concursales economistas y abogados.