Medios de asistencia y ayuda a las víctimas del delito en el ordenamiento españolun nuevo enfoque de la victimología desde la perspectiva de la política social
- Caravaca Llamas, Carmen
- Jerónimo Molina Cano Director/a
- Sergio Fernández Riquelme Director/a
Universidad de defensa: Universidad de Murcia
Fecha de defensa: 23 de marzo de 2015
- Chaime Marcuello Servós Presidente/a
- María Paz García-Longoria Serrano Secretario/a
- Luis Vila López Vocal
- Gema Varona Martínez Vocal
- Francisco Gómez Gómez Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
La presente tesis analiza los medios y sistemas construidos durante las últimas décadas para la protección y asistencia social de las víctimas de los delitos en España. Para ello, estudia la conceptualización de la víctima como sujeto social de derechos y de objeto de atención especializada, además de exponer la legislación y los instrumentos implementados desde la Política social para la prevención y el tratamiento de las consecuencias del delito. La documentación de la investigación se concentra principalmente en los ámbitos prioritarios de actuación: víctimas de los delitos violentos y sexuales, víctimas de la violencia doméstica, víctimas de los delitos contra la seguridad vial, víctimas del terrorismo, víctimas de discriminación en el ámbito laboral, y víctimas-testigo. Las aportaciones que ofrece esta tesis se encuentran orientadas a una doble dirección: en primer lugar, el análisis de los problemas victimológicos más prioritarios como consecuencia de determinados delitos en nuestra sociedad, y en segundo, la orientación de futuras pautas de actuación desde la Política social en dicha materia. Se trata de investigación con metodología descriptiva, un estudio documental consistente en la recogida, clasificación y exposición de la información obtenida de fuentes primarias y secundarias. Sus tres objetivos principales son: a) compilación y sistematización de la información existente en forma de estudio documental sobre las víctimas de delitos en España y los medios de ayuda y asistencia a las mismas; b) analizar de forma descriptiva la información, incluyendo una justificación de la finalidad y delimitación de la investigación, así como la definición del objeto de estudio y sus generalidades; y c) elaboración de propuestas de acción social basadas en el previo análisis documental y bibliográfico. Estas son las principales conclusiones: el delito es inherente a la sociedad y se trata de una interacción desafortunada entre delincuente y víctima. La Política social articula un sistema de protección estatal que surge con el fin de ocuparse de los problemas sociales inherentes al delito. Entre las respuestas estatales generales encontramos la prevención y los derechos procesales como la asistencia jurídica gratuita, el juicio rápido de delitos y la mediación. En España existen diversos mecanismos de asistencia y protección para víctimas específicas, por ejemplo en el ámbito doméstico diferenciamos entre: a) menores, donde se aplican formas de ayuda a la familia que impidan el sobre todo el desamparo; b) mujeres, donde se aplican las disposiciones de la Ley 1/2004 de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género; y c) ancianos, cuyas principales ayudas emanan para favorecer su autonomía e independencia, estipuladas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Para los delitos de terrorismo podemos nombrar la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, así como para las víctimas de los delitos de seguridad de tráfico, además de las alusiones al Código Penal, como el resto de las tipologías tratadas, estas víctimas carecen de una ley específica por lo que se ampara en el marco genérico de la Ley 35/1995. Para ciertos delitos sucedidos en el ámbito laboral encontramos entre otras disposiciones legislativas el amparo en la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y respecto a los testigos cuentan con la Ley Orgánica 19/1994, de 23 de diciembre, de protección a testigos y peritos en causas criminales.