Protección al consumidor online en el Derecho Internacional Privado Interamericano (análisis sistemático de las propuestas presentadas para la cidip VII)
- Juan José Álvarez Rubio Director
Universidade de defensa: Universidad del País Vasco - Euskal Herriko Unibertsitatea
Fecha de defensa: 15 de xullo de 2008
- José Luis Iriarte Ángel Presidente/a
- Ramón Viñas Farré Secretario/a
- Diego P. Fernández Arroyo Vogal
- José Javier Hualde Sánchez Vogal
- Adriana Dreyzin de Klor Vogal
Tipo: Tese
Resumo
La tesis doctoral analiza los tres proyectos sobre protección al consumidor que serán sometidos a aprobación por los Estados Miembros de la OEA, previsiblemente, antes de final de año. Se estudia, con especial atención, la aplicación de los preceptos allí recogidos al supuesto concreto del consumo online. El Proyecto elaborado por la Delegación brasileña incluye normas de conflicto y sugiere una interesante problemática sobre su adecuación a los supuestos de consumo por Internet, siendo sin duda alguna el más completo de los tres. El Proyecto de Ley Modelo canadiense presenta dos partes: una de competencia judicial internacional y otra de derecho aplicable. Esta última es muy inferior al texto del Proyecto brasileño y debería ceder ante él en el proceso final de selección de textos. En la segunda se aportan instituciones propias del derecho anglosajón como el forum non conveniens y, al margen de que sus soluciones puedan aportar claridad al panorama de las relaciones de consumo adolece de un problema de inconcreción de muchas cuestiones específicas de los contratos online. Por último, la propuesta de los EEUU es la más flexible de las tres, en cuanto a su recepción en el ordenamiento de los Estados. Sus preceptos sugieren una exportación de soluciones puestas ya en práctica en ese ordenamiento: procesos de menor cuantía, acciones colectivas y actividad de la Federal Trade Commission. En relación con este hecho todo hace vaticinar tensiones en la fase de aprobación por la renuencia de EEUU y Canadá a aprobar un texto como la Convención que implicaría ratificación, especialmente si incorpora, además, normas de Derecho aplicable que sin duda van a aportar un nivel de protección al consumidor muy superior al de una Ley Modelo o una Guía Legislativa.